¿Pueden votar los extranjeros regularizados por Sánchez?

La regularización masiva de inmigrantes por parte del gobierno ha levantado todas las alarmas sobre la alteración del censo que llevaría consigo. Cambiar los votos o cambiar a los votantes son dos modos alternativos de dar un pucherazo. No es de extrañar por tanto que todos los medios afines al gobierno y los “verificadores” gubernamentales hayan salido en tromba a desmentir que los extranjeros regularizados vayan a poder votar en las próximas elecciones generales o autonómicas. Lo que pasa es que su desmentido es una verdad a medias.

Efectivamente para que un extranjero pueda votar en las elecciones, con alguna salvedad en las municipales, tiene no sólo que regularizarse sino obtener también la nacionalidad española. Para que un extranjero obtenga la nacionalidad española por la vía más habitual (la nacionalidad por residencia) y, con ella, el derecho pleno a votar en todas las elecciones, debe primero tener residencia legal y cumplir un plazo de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.

Plazos exigidos en el artículo 22 del Código Civil:

  • 10 años → regla general para cualquier extranjero.
  • 5 años → para quienes tengan condición de refugiado.
  • 2 años → para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
  • 1 año → solo en casos especiales muy concretos: nacidos en España, casados con español/a durante al menos 1 año y no separados, viudos/as de español/a, hijos o nietos de españoles de origen, etc.

Una vez concedida la nacionalidad, la persona se convierte en ciudadano español y puede votar en todas las elecciones. Los extranjeros regularizados sin nacionalidad pueden votar en elecciones municipales si son ciudadanos de la UE o bajo acuerdos de reciprocidad con otros países del mundo. La lista de países con acuerdos de reciprocidad incluye Colombia, Ecuador, Perú, Chile, Bolivia, Paraguay, Nueva Zelanda, Cabo Verde, Noruega, Islandia, Reino Unido, Corea, Trinidad y Tobago y algunos otros. No hay un acuerdo de este tipo con Marruecos, Argentina, Venezuela o la mayoría de países africanos y asiáticos. Aún existiendo un acuerdo de reciprocidad, suele haber un plazo de residencia de varios años para poder ejercer el derecho al voto. Así pues la regularización otorga el derecho inmediato a votar en las municipales, pero sólo a los ciudadanos de la Unión Europea.

La trampa a todo lo anterior es que todo lo anterior es una regulación legal que se puede cambiar en cualquier momento. Es decir, nos están diciendo que tranquilidad con las regularizaciones porque la ley no otorga el derecho a voto con la regularización pero no se nos dice que Sánchez podría buscar cambiar la ley y los plazos en cualquier momento. Todo lo expuesto respecto a los plazos para obtener la nacionalidad y poder votar lo regula el Código Civil, y el Código Civil es una ley ordinaria que se puede cambiar mediante otra ley aprobada por las Cortes Generales. ¿Podría reducirse el plazo por ejemplo a 1 año o 1 mes para todos los recién regularizados? Sí, es posible jurídicamente, tan sólo requeriría una reforma del artículo 22 del Código Civil mediante una ley aprobada en el Congreso de los Diputados. Un cambio en los plazos, además, podría servir para dar el derecho a voto no sólo a los regularizados en este último proceso, sino a todos los regularizados los últimos años que aún no habrían cumplido los plazos actuales. Todo esto sin tener en cuenta otras posibles fuentes extranjeras de voto para Sánchez, como el voto de los descensientes de los españoles exiliados hace generaciones.

Para cambiar los plazos que otorgan el derecho a los recién regularizados bastaría entonces con cambiar la regulación actual, ¿pero podría conseguir Sánchez la mayoría necesaria para hacer ese cambio legal que daría el voto casi inmediato a todos los regularizados? Pues igual que para cualquier otra cosa de las que a lo largo de la legislatura ha hecho el sanchismo. Sánchez gobierna porque hay una mayoría sanchista y esa mayoría podría conceder el derecho a voto a los regularizados sin mayores problemas, o por lo menos sin más problemas que para lo demás. Por un lado Sánchez podría estar dispuesto a pagar cualquier precio por ello. Por otra parte, podría ofrecer a vascos y catalanes salvaguardas para blindarse frente a esa regularización en sus territorios, como la exigencia del catalán y el euskera, o cederles efectivamente las competencias en inmigración. En cualquier caso, además, los socios de Sánchez se encontrarían en la tesitura de facilitar el voto a los regularizados, aunque tuvieran sus reservas, o dejar que caiga Sánchez en unas elecciones normales y quedarse sin chollo. Pretender por tanto que las denuncias de pucherazo censal son un bulo no tiene sentido, o por lo menos es una cuestión discutible, porque todo depende de unos plazos que la mayoría sanchista podría cambiar antes de las próximas elecciones.

A largo plazo, por lo demás, la incidencia en el censo de la población importada será un factor determinante del voto futuro. Al margen de la regularización masiva que tanta alarma desata, cada año se conceden 250.000 nacionalizaciones con derecho a voto por las regularizaciones anteriores, por lo que incluso descartando cualquier reforma del marco legal actual y aunque los regularizados ahora no pudieran votar en 2027 tendremos 1 millón más de votantes importados que en 2023. La cuestión por tanto no es si las regularizaciones alteran el censo sino cuándo, y la respuesta a esa pregunta la tiene el sanchismo.

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