Hace escasas fechas informábamos de la intención del gobierno de modificar el Código Penal para castigar hasta con penas de cárcel a los provida que acuden a las inmediaciones de los abortorios para ofrecer información y alternativas a las mujeres que quieren abortar.
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Artículo único. Modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. Se adiciona un nuevo artículo, que será el 172 quater y tendrá la siguiente redacción: «Artículo 172 quater. 1. El que hostigue o coarte la libertad de una mujer que pretenda ejercer su derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, promoviendo, favoreciendo, o participando en concentraciones en las proximidades de lugares habilitados para interrumpir embarazos, causando un menoscabo en la libertad o intimidad de esta, será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días. 2. Atendidas la gravedad, las circunstancias personales del autor y las concurrentes en la realización del hecho, el tribunal podrá imponer, además, la prohibición de acudir a determinados lugares por tiempo de seis meses a tres años. 3. Las penas previstas en este artículo se impondrán sin perjuicio de las que pudieran corresponder a los delitos en que se hubieran concretado los actos de acoso.»
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Como se explicó en un artículo anterior, la acción de los grupos provida salva una cantidad apreciable de vidas cuando algunas mujeres encuentran in extremis una información y un apoyo con el que no sabían que podían contar. Lo criminal de hecho es que haya mujeres que van a abortar sin conocer todas las ayudas con las que pueden contar. Obviamente la labor de los provida es informativa, educada y respetuosa. En caso contrario, por otra parte, el Código Penal ya dispone de herramientas para castigar los insultos, las amenazas, el acoso o cualquier otro comportamiento improcedente. Es decir, se intenta castigar el mero hecho de intentar informar y apoyar, incluso ante la evidencia de que esta oferta de apoyo a menudo salva vidas y hay muchas mujeres que agradecen la ayuda recibida.
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🔴 "No es fácil tener un hijo, pero estoy 100% segura de que nunca me arrepentiré de haber tenido a mi hija. La asociación me ayudó a nivel emocional a pasar por esto, es muy duro y difícil"
💬 Michelle Ortiz no abortó gracias a la ayuda de una asociación provida. #ElCascabel31M pic.twitter.com/w5OsOjOjR1
— El Cascabel (@ElCascabelTRECE) May 31, 2021
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Pues bien, la noticia ahora es que Facebook ha censurado una campaña de religionenlibertad.com publicitando una recogida de firmas contra esta modificación del Código Penal. No es la primera vez en absoluto que Facebook limita campañas provida. Por el contrario, una vez más se confirma que las grandes plataformas de acceso a la red ostentan no sólo una llamativa monotonía ideológica, por supuesto coincidente con el discurso dominante, sino que limitan severamente la pluralidad informativa y el libre debate de ideas. Desde luego una cosa es que haya muchos sitios donde acceder al mismo discurso y otra muy distinta que haya libertad. Por el contrario, que haya muchos sitios pero repitiendo todos los mismos mensajes es casi peor que la escasez de medios pero al menos con alguna pluralidad. Además no es que ciertas ideas desaparezcan del paisaje informativo por falta de demanda, sino porque directamente son vetadas y eliminadas. No se trata entonces de que el paisaje informativo refleje la forma de pensar de la sociedad, sino que la sociedad refleje el pensamiento selectivo que compone el paisaje informativo. Las nuevas tecnologías lo mismo pueden ser una gran oportunidad para romper los diques del pensamiento único como una herramienta formidable para imponerlo de forma global.
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