El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo (Francia), ha fallado a favor de Otegui y otros cuatro dirigentes abertzales en el proceso del caso Bateragune, relacionado con el intento de reconstruir la Mesa Nacional de la ilegalizada Herri Batasuna, por entender que existían dudas razonables sobre la imparcialidad de la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional, que condenó a Otegui a 10 años de prisión (el Supremo posteriormente la rebajó) y una pena de inhabilitación.
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La primera reacción que interesa observar es la de Otegui, de la que otras de otros dirtigentes políticos del nacionalismo y la extrema izquierda son meramente una réplica. Otegui asegura que era un hombre de paz, que le condenaron en base a mentiras y que España queda retratada como un estado antidemocrático.
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La segunda reacción que nos interesa es la de Uxue Barcos, por lo que nos toca, invitando a la reflexión. Y efectivamente, resulta imprescindible la reflexión.
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Reflexionando pues sobre lo sucedido, nos encontramos primero con un dato significativo que resulta preciso traer a colación, para evitar desenfoques y malos entendidos. España es uno de los países con menos fallos en su contra en el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo. Países como Alemania, Italia o Francia tienen más condenas que España, no digamos Austria. Por si alguien había pensado que España acumula un número excepcional de condenas, que países democráticos como Francia y Alemania no reciben fallos condenatorios del Tribunal de Estrasburgo, o que recibir un fallo en contra de este tribunal es algo nunca visto en Europa, cuando forma parte de la rutina judicial. Sin duda las cifras pueden ayudarnos a todos, incluso a Barcos, a contextualizar nuestra reflexión. Y eso que en España, como peculiaridad, los terroristas gozan del respaldo de un auténtico frente jurídico y mediático dedicado expresamente a inflar el número de casos contra España.
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En segundo lugar, es preciso señalar que el Tribunal de Estrasburgo no ha dicho que Otegui fuera inocente, ni que fuera un santo, ni un hombre de paz. Lo que ha dicho es que una magistrada del tribunal que lo condenó debería haber sido recusada por su posible parcialidad. Y esa posible parcialidad o animosidad contra Otegui consistió en que, en un juicio anterior contra Otegui, la magistrada le preguntó si condenaba a ETA, y ante la negativa de éste a responder, la magistrada expresó: “Ya sabía yo que no me iba a contestar a esa pregunta”. Eso es todo. He ahí todo el origen del trato «inhumano» otorgado a Otegui y que ha desembocado en la sentencia de ayer de Estrasburgo.
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Con eso y con todo, el Tribunal de Estrasburgo no dice que Otegui fuera inocente, sino que para asegurar la imparcialidad del juicio tendría que haberse aceptado la recusación de la magistrada. De hecho la magistrada, aunque presidía la sala, no era sino una de tres miembros que tenía el tribunal, por lo que la condena hubiera sido igual con otro magistrado o magistrada. El Tribunal de Estrasburgo, por otro lado, ha rechazado la posibilidad de imponer una compensación al estado español o cualquier otra medida a favor de los damnificados, considerando que ya alcanzan una “satisfacción suficiente” con el mero fallo a su favor.
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De caracterizarse por algo el estado español, por lo demás, es por su extraordinario garantismo. De este modo, una reforma del año 2015 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite un recurso de revisión contra una resolución judicial firme «cuando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos haya declarado que dicha resolución fue dictada en violación de alguno de los derechos reconocidos en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales y sus Protocolos». Esta vía permite ahora a Otegui recurrir al Supremo contra su inhabilitación.
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Lejos pues de haber sufrido ningún encarnizamiento inhumano, a lo que nos lleva la reflexión propuesta por Uxue Barcos es a preguntarnos cómo es posible que durante décadas, hasta cuando ETA mataba casi a una persona al día, en España nadie se planteara la cadena perpetua o ilegalizar a Batasuna, para que no hubiera una banda terrorista con unos representantes en las instituciones y, al mismo tiempo, unos pistoleros asesinando a quienes les llevaban la contraria, sin que hasta el 2003 se empezara a obligar a los terroristas a tener que elegir entre votos o pistolas. De haber pecado de algo, España ha pecado de pacata. En cambio asistimos a fenómenos como los GAL, en vez de a lo que hubiera sido una lógica ofensiva contra ETA desde la legalidad. Eso sí, en la ofensiva legal contra ETA que acabó en su derrota, cuando se abocó a la banda a elegir entre renunciar a las armas o renunciar a su presencia en las instituciones, todos sabemos dónde estaba la gente como Barcos, que era en que ETA no tuviera que elegir y pudiera seguir a la vez en las instituciones y matando. Que por cierto, la ilegalización de Batasuna fue totalmente ratificada por el Tribunal de Estrasburgo, por aquello de no quedarnos selectivamente con las sentencias de Estrasburgo que nos interesan. Este sería el fin de la reflexión y literalmente gracias por nada, señora Barcos.
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