El Parlamento de Navarra no respaldó ayer la repulsa a la falta de respeto a los creyentes. Todos los partidos menos PP y UPN apoyaron la exposición y por ende la parte de las formas consagradas robadas y tiradas por el suelo formando la palabra “pederastia”. La exposición ha servido al menos para retratar a algunos de nuestros dirigentes y revelar como una farsa, por lo selectivo y discriminatorio, su discurso de tolerancia y respeto. Dicho esto no se trata de responder con la misma moneda, porque el equilibrio a alcanzar algún día consiste en que nos respetemos mutuamente, no en que ninguno nos respetemos. Hasta la libertad de expresión tiene un límite en el insulto y argumentar en contra de algo es distinto que ofender o insultar a las personas, porque cualquiera que no fuera capaz de reconocer esto, siguiendo su propia lógica, habría que decir que es un gilipollas.
Por otro lado, en este caso no es que alguien organice una exposición insultante y la administración no haga nada, sino que es la propia administración que financiamos todos y nos representa a todos, incluyendo los creyentes, quien la acoge y recibe. En una sociedad civilizada no puede ser la propia administración quien ofenda las creencias y los sentimientos de los administrados.
Maldita hemeroteca
Ahora que de repente algunas formaciones, incluyendo la del alcalde, parecen haber experimentado una súbita conversión hacia la libertad de expresión, cabe recordar que hace poco más un mes tuvo que ser una sentencia judicial la que permitiera a la Policía Nacional celebrar una exposición en la Ciudadela, que había sido arbitrariamente impedida por el Ayuntamiento de Pamplona. Puede ser que la próxima vez que la Policía quiera hacer una exposición sobre la lucha antiterrorista baste con que añada algo que ofenda a los católicos para que el Ayuntamiento la respalde.
Por lo demás, si el criterio del Parlamento de Navarra es que la ofensa y el arte son indistinguibles, esto significa que o el Parlamento aprecia mucho las ofensas o aprecia muy poco el arte.
Artículo 525 del Código Penal
1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.
2. En las mismas penas incurrirán los que hagan públicamente escarnio, de palabra o por escrito, de quienes no profesan religión o creencia alguna.
16 respuestas
1._ Cristina Cifuentes no es ninguna experta en arte.
2._ Me importa tres pepinos lo que opine esa Sra. y de quien se rodee. Eso no quita gravedad al tema.
3._ Lo de artista referido a Azcona, lo consideró bastante discutible.
4._ Ese Sr. lo que ha demostrado es que es un blasfemo, un profanador y un irrespetuoso.