Los mártires de la ikurriña del Chupinazo

. Durante mucho tiempo los autores de los tartazos a Barcina fueron convertidos en mártires por la prensa nacionalista. Finalmente estas personas fueron condenadas a 2 años de cárcel lo que aparentemente confirmaba el martirologio. El tenor de los argumentos en favor de los “tartalaris” era que en este país se podía recortar la sanidad o quebrar un banco sin que a uno le pasara nada, pero en cambio te caen dos años por tirar una tarta. De esta forma mucha gente pasó de simpatizar con la víctima de los tartazos a hacerlo con los autores del ataque, aparentes víctimas de un castigo excesivo. Lo cierto es que los autores del tartazo no han pasado ni un sólo minuto en prisión porque en España, en la práctica, sin antecedentes resulta absolutamente excepcional que nadie pise una cárcel por condenas menores a dos años. Así pues, se consiguió convertir en mártires a los autores de una agresión por parecer excesivo un castigo que jamás se les aplicó. Algo parecido puede suceder ahora con los “pescadores” que tendieron una ikurriña gigante ante la fachada del Ayuntamiento, impidiendo el lanzamiento del Chupinazo. Desde el punto de vista jurídico, la sentencia valora el boicot al lanzamiento y el riesgo creado caso de que el cohete se hubiera lanzado. No se condena a los autores por ser la ikurriña la tela gigante que tendieron. El boicot, el riesgo y la condena hubieran sido iguales si se hubiera tratado de un anuncio gigante de Coca-Cola. Desde el punto de vista político, lo que hubo aquel 6 de julio fue un acto más de imposición de la ikurriña por parte de una minoría a la mayoría de los navarros. Esa minoría no sólo impuso su bandera donde la mayoría de los navarros y sus representantes democráticamente elegidos no la quieren para representarlos, sino que literalmente sepultó al Ayuntamiento y a la voluntad popular navarra para que todo fuera ikurriña y nada más que ikurriña. Todo muy simbólico. El hecho es que estos “pescadores”, que en realidad más bien son bomberos, han sido condenados a 5 meses de cárcel de los que previsiblemente no cumplirán un sólo minuto. Y eso que en esta ocasión el cumplimiento real de la pena no sería seguramente desproporcionado. Y encima al final tendremos que considerarlos héroes, defensores de la democracia o represaliados políticos. Ellos que a la mayoría de los navarros, decidan lo que decidan en las urnas, los quieren tapaditos debajo de una ikurriña gigante.

¿Qué sintió usted cuando los "arrantzales" pararon el Chupinazo y cubrieron el Ayuntamiento con una ikurriña gigante?

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7 respuestas

  1. Sabemos que van a ser utilizados,y se van a dejar utilizar por esos BATASUNOS AntiNavarra,la prole ikastroliana de Araiz,los Kachorros de Navarreria y el casco antiguo.Yo lo que exigió a Barcina y Morras,es que esos dos funcionarios públicos,esos dos bomberos barbudos,NO!! trabajen más para Navarra.A la pu.. calle,( que es donde les gusta estar).Por mi parte,esa Kakariña….a su pu…. Linde Guipuzcoana.Navarra en Libertad!! Batasunos anexionistas….EZ!

  2. Falta una opción; «Contribuyó a aumentar mi desprecio por la Ikurriña, bandera de partido, del Partido Nazionalista Vasco, y por todo lo que ello conlleva, contribuyó a confirmar mi odio racional por el nazismo, el racismo, el sectarismo, las opciones identitarias, las dictaduras del pueblo, los ahogamientos en lenguas muertas, las Soluciones Finales uniformizadoras de borreguización de las masas, del acabose de la individualidad liberal, y la castración de las libertades».
    Y además son unos cansos.

  3. Gauzatxo batzuk,Tartalariei 5 ta 9 urteko zigorra eskatzen zieten delitua ez zan zerbaitegatik, Frantzian egin zuten ta Frantzian epaituak izan ziren ere,beraz Espainiak ezin zitun ezta epaitu.
    Ta 2 urte tarta bategatik?
    Ta orain ez dira sartzen baina antezedenteak dituzte ta edozer egitearekin gartzelarazten dituzte.
    Txupinazoena berdin.
    Ez zuten moolestatzen suziria jaurtitzeko, edozein lekun faltta litzateke baina abertzaleak zirenez…
    Gero lapurketak,iruzurrak…jendea txirotasunara kondenatzea jendea, ez duu zigorrik.

  4. El Zopilote Gudari se volvió a orinar desde lo alto sobre la mocina abrevada en exceso.
    Eso pasa por meterse en sitios propensos al despiste y al tocamiento, que vas beodo y viene el arrano-beltza y se te mea en la cabeza.

  5. Mientras tanto los ladrones forales campan a sus anchas, incluso algunos sin devolver lo robado en consejos opacos y además manteniendo su cargo público.
    Pero bueno, como ya no esta ETA, hay que buscar algo para tapar los pufos y robos de vuestros electos.

  6. No he leído la sentencia, salvo los datos que se ofrecen en un diario , por lo tanto no puedo opinar sobre aspectos de la misma , más que sobre la noticia del Navarra Confidencial.
    Han sido condenados a 5 meses de prisión por el delito de desórdenes público y una vez que sea firme la sentencia . Es decir si no se apela por el Fiscal o los propios acusados ante la Audiencia Provincial, si estos, no tuvieran antecedentes penales anteriores a los hechos, lo mas probable ,aunque sea una potestad del juez , es que les aplicarán los beneficios de la suspensión de la ejecución de la pena al tratarse esta inferior a los 2 años de prisión y siempre condicionada a que el reo no delinca en el plazo fijado por el juez o tribunal que será entre dos a 5 años,. Es decir que el NC lleva razón condenados a 5 meses de cárcel “ de los que previsiblemente no cumplirán un sólo minuto…”
    Me sorprendería que se les denegara la suspensión y que cumplieran.
    • También el Código Penal establece que ….. En el caso de que la pena suspendida fuese de prisión, el juez o tribunal sentenciador, si lo estima necesario, podrá también condicionar la suspensión al cumplimiento de las obligaciones o deberes que le haya fijado de entre las siguientes: 1.ª Prohibición de acudir a determinados lugares.
    2.ª Prohibición de aproximarse a la víctima, o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, o de comunicarse con ellos.
    3.ª Prohibición de ausentarse sin autorización del juez o tribunal del lugar donde resida.
    4.ª Comparecer personalmente ante el juzgado o tribunal, o servicio de la Administración que éstos señalen, para informar de sus actividades y justificarlas.
    5.ª Participar en programas formativos, laborales, culturales, de educación vial, sexual, de defensa del medio ambiente, de protección de los animales y otros similares.
    6.ª Cumplir los demás deberes que el juez o tribunal estime convenientes para la rehabilitación social del penado, previa conformidad de éste, siempre que no atenten contra su dignidad como persona.

    Bueno , habrá que esperar a que sea firme la sentencia y ver si le aplican la suspensión de la ejecución de la pena y si se considera que debe imponerse o no el cumplimiento de una obligación de las que se señala en el Código.
    Por cierto , los apellidos de los condenados , salvo el segundo de uno de ellos , no habrían hecho muy feliz a Sabino Policarpo Arana Goiri y menos que osaran llevar la icurriña.
    No obstante, serán considerados » mártires de la causa» oprimidos y reprimidos por el estado opresor por solo ondear una bandera . Una vez mas Euscalerría se ve agredida en sus simbolos y condenados su gudaris.Ese será lo que se diga

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