Pues parece que al final el recurso contra la Ley del Aborto no era tan complicado. Tras 13 años atascado en un cajón el nuevo Tribunal Constitucional renovado ha resuelto el asunto en un pispás, naturalmente haciendo honor a la nueva mayoría izquierdista que lo compone y que lo nombró.
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El Tribunal Constitucional ha hecho público el sentido de su sentencia dividido 7 a 4, apoyado sólo en la nueva mayoría progresista. Cuando en el Constitucional había una mayoría conservadora se evitó emitir una sentencia que no fuera unánime, pero la izquierda nunca se anda con este tipo de miramientos. Nos vamos a tener que acostumbrar por otro lado a esa mayoría 7 a 4 en muchos asuntos. Eso si algún magistrado conservador no se suma a la mayoría de progreso. Es de temer que los 7 magistrados de la izquierda votarán siempre en consonancia con la izquierda y los 4 conservadores según dependa.
Nota de prensa | El Pleno del TC afirma que la Constitución reconoce a la mujer el derecho a decidir libremente sobre la continuación del embarazo dentro de las primeras catorce semanas de gestación https://t.co/g8RLqc3gAq pic.twitter.com/20xo6Lvw9f
— Tribunal Constitucional de España (@TConstitucionE) May 9, 2023
Por lo que se refiere al fondo de la cuestión, la mayoría progresista del Constitucional ha cumplido las peores expectativas respecto a su filiación ideológica: “el sistema de plazos es conforme a la Constitución por cuanto reconoce a la mujer embarazada el ámbito razonable de autodeterminación que requiere la efectividad de su derecho fundamental a la integridad física y moral, en conexión con su derecho a la dignidad y libre desarrollo de su personalidad. Derechos constitucionales que exigen del legislativo el respeto y reconocimiento de un ámbito de libertad en el que la mujer pueda adoptar razonablemente, de forma autónoma y sin coerción de ningún tipo, la decisión que considere más adecuada en cuanto a la continuación o no de la gestación”.
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Es curioso, porque aunque el Constitucional haya convertido el aborto en un derecho, por ninguna parte en la Constitución se dice que el aborto sea un derecho. Por el contrario, lo que en todo caso sí dice la Constitución en su artículo número 15 es que “Todos tienen derecho a la vida”. Lo que acaba de hacer el Constitucional, en base a una extensión subjetiva del derecho a la integridad física y moral, o del derecho al libre desarrollo de la personalidad, es crear un derecho al aborto donde no lo había y eliminar un derecho a la vida donde lo había.
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Quedarse una mujer embarazada no es una amenaza a su integridad física y moral. Como mucho, además, podría intentar presentarse así sólo en algunos casos excepcionales, pero precisamente lo que está haciendo el Constitucional es justificar una ley de plazos con argumentos que, en todo caso, podrían utilizarse para una ley de supuestos como la que se pretende rebasar. El libre desarrollo de la personalidad tampoco es algo que justifique el aborto puesto que ser o no ser madre no es algo que se decide cuando se aborta, ser madre o no es algo que se decide antes. Lo que se decide cuando se aborta ya no es si ser madre o no, sino matar al niño o no.
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Por esto mismo tampoco tiene sentido hablar de un “ámbito razonable de la autodeterminación” para hablar del aborto. Precisamente lo característico del aborto es que la mujer no decide sobre sí misma, sino sobre el niño que espera. No puede ser nunca autodeterminación porque no aborta su vida, sino la de su hijo. Si la mujer decidiera sobre sí misma no sería aborto sino suicidio.
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Una ley de supuestos puede ser cruel, pero una ley de plazos es además absurda. La verdad es que todo consiste en encontrar la forma de matar a los niños indeseados sin reconocer lo brutales que somos, para eso creamos la ficción de que un niño de 14 semanas y un día es un ser humano y que un niño de 13 semanas, 6 días, 23 horas y 59 segundos no es un ser humano, para que dentro de ese plazo podamos eliminarlo.
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Pero es inútil tratar de razonar.
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Hay una mayoría izquierdista en el TC y no hay otra razón a sopesar en este debate. Tampoco hay en el TC una mayoría izquierdista cualquiera, sino una particularmente activista y radical. De hecho la nota emitida por el tribunal no sólo no hace la mínima concesión, sino que carga también contra la objeción de conciencia, consagrando todas sus limitaciones, y señala asimismo “Tras examinar con detalle el significado y alcance de la expresión “perspectiva de género”, que “no puede considerarse inconstitucional la transmisión, a través de la educación y a todos los niveles educativos, de ideas o creencias enlazadas con la igualdad entre hombre y mujer, que la Constitución proclama como valor superior del ordenamiento jurídico, y a cuya efectividad ha de dirigirse la actuación de los poderes públicos”. O sea, que también es de temer que ningún amparo se puede esperar de este Constitucional respecto al adoctrinamiento en la ideología de género que imponen las leyes educativas.
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Pero hay más.
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El aborto es sólo el principio.
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El Gobierno recurrirá ante "su" Constitucional la ley de creación de la Agencia Madrileña para el Apoyo a las Personas Adultas con Discapacidad porque "choca con la eutanasia". 🤯🤯
https://t.co/hUmDy3ax1f— Benita dos Carallos (@criaturina) May 9, 2023
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También es de temer, porque para eso parece escogido el perfil (empezando por su presidente) de los peculiares magistrados de este nuevo Constitucional, que en el caso de perder el poder la izquierda recurrirá todas las leyes de la derecha al Constitucional. Y parece previsible que este Constitucional declare inconstitucionales todas las leyes que los partidos de izquierdas quieran recurrir. Con lo que no sólo podrían convertir el país en ingobernable, o sabotear el resultado de las urnas desde el TC, sino alimentar argumentalmente las posible revueltas callejeras ante un gobierno que constantemente, según el TC, estaría legislando desde la ilegalidad. Es probable que en breve lamentemos la teoría de que cualquier TC renovado era mejor que un TC bloqueado. Tanto por su fondo como por su forma y su plazo la sentencia sobre el aborto permite augurar lo peor.
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Tengo una amiga que tiene serios problemas para dormir. Dormir 3 a 5 horas diarias es una suerte para ella, y a base de “Trankimacin”. La médica se niega a recetarle más, la farmacia no le vende sin receta, aunque lo page de su bolsillo, los meses de 31 días se queda sin dormir, ya que la receta es de 30 pastillas. Le voy a recomendar lo esgrimido por el TC: “Los derechos constitucionales exigen del legislativo el respeto y reconocimiento de un ámbito de libertad en el que la mujer para que pueda adoptar razonablemente, de forma autónoma y sin coerción de ningún tipo, la decisión que considere más adecuada para dormir por las noches”. Espero que tenga suerte y que esos derechos constituciones no sean de quita y pon, es decir cuando a ellos les interesa, o lo que es lo mismo para dar luz verde a matar niños. Y si no puede dormir, que pida la eutanasia que, seguro que se la dan, así descansará eternamente.
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Está claro que han prostituido el Tribunal Constitucional. ¿Se puede perseguir judicialmente a esta gente? ¿No está claro que están prevaricando? ¿No se les puede meter en la cárcel por esto?
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