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La transitoria cuarta se presenta como paradigma del derecho de autodeterminación del pueblo navarro. No obstante, es necesario levantar el velo para descubrir el verdadero sentido de esta “autodeterminación”.
La transitoria cuarta supone una trampa bien adobada con un mutilado derecho de autodeterminación que sólo se puede ejercer en una sola dirección y un solo sentido. Por esto es una trampa. Las trampas, a diferencia de las puertas, dejan pasar pero impiden volver. La transitoria cuarta, esto es la Constitución, no contiene ningún mecanismo de retorno, sólo de ida o de integración. Algunos parlamentarios navarros, los de la extinta UCD, recogiendo el sentir mayoritario del Consejo Foral y un acuerdo de la DFN, durante el debate constitucional en el Senado intentaron sin éxito introducir el mecanismo de salida en el texto constitucional aprobado por el Congreso.
La ausencia de un mecanismo de salida en el texto de la transitoria cuarta para el supuesto de haber prosperado el proceso de integración no debe sorprender. La Transitoria cuarta no fue negociada por navarros que tuvieran un mandato expreso de atender el derecho de autodeterminación del pueblo navarro, sino por los partidos políticos PNV, UCD y PSOE, con algunos líderes navarros entre estos dos últimos. La superación de un histórico escollo político que podía allanar la aprobación de la Constitución animaba la negociación para unos; la satisfacción del fin político que concebía a Navarra como una parte más (territorio histórico) de una comunidad política más extensa lo hacía para otros, y el establecimiento de una garantía definitiva de Navarra como institución política con personalidad propia era el motivo de otros terceros.
El Estatuto Vasco, no señala un mecanismo de separación. Para encontrar el mecanismo de salida es preciso remitirse a la disposición final segunda de la ley de Amejoramiento que hace competente al Parlamento de Navarra para ejercer la iniciativa de separación. Pero para entonces, ocurrida la integración, ni existirá Amejoramiento ni Parlamento de Navarra en su configuración actual. Habrán desaparecido con el proceso de incorporación.
Algunos afirman que en el momento del ejercicio de la opción de entrada habrá que dejar claro el proceso de salida. No deja de ser una ingenuidad manifiesta. ¿Alguien duda de que el nacionalismo hará complejo cualquier proceso de salida si se viera vencedor en un eventual proceso de integración de Navarra en Euskadi según lo señalado por la transitoria cuarta? Por otra parte, si la voluntad de los navarros en tal hipotética situación fuera proclive a la integración que supone la desaparición de la personalidad histórica de Navarra, ¿qué razones se pueden encontrar para esperar una especial preocupación por garantizar la salida fácil de un proyecto que se juzga conveniente?
2 respuestas
Así que no esperamos más que el PP cumpla la palabra dada a Navarra.La derogación en una próxima reforma Constitucional.Haganlo!
Cualquier modificación de la Constitución, llevará seguro a la desaparición de este anexo. Y si insisten en federalizar, igual hay que cambiar a un modelo federal alemán, con menos competencias, y salvando las excepcionalidades de las diputaciones forales, en la medida que se pueda en este siglo XXI,