El comercio pamplones

Si es un sector de la economía, que es especialmente castigado con las
crisis, de esta que ya perdura aunque digan lo que digan, no se salva, o
mejor no se ha salvado y ha sufrido en sus carnes más que otros sectores
económicos.
Locales y locales que quedan en “barbecho”, personas que  se han dedicado
siempre al  comercio, y que han tenido de echar el cierre para no subirlo
más, personas que carecen en su gran mayoría de capacidad de reciclaje
laboral en otros sectores. Familias que habían apostado su vida siguiendo
el negocio de los padres, de los abuelos, y que ven terminado un medio de
vida y de trabajo.
Y ahora viene “LA PUNTILLA”, la aplicación  de la Disposición Transitoria
Tercera Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos,
habiendo entrado en vigor el 1 de enero de 1995, fija como último plazo de
todos aquellos previstos para la regularización de rentas, en veinte años.
Y esa aquí, donde aquellos que mediante cónyuges y  descendientes de los
comerciantes de toda la vida, que se subrogasen podrían continuar con la
vigencia del contrato hasta los veinte años de la entrada en vigor de la
ley.
Pus bien ya se cumplen y esos contratos “VAN A QUEDAR EXTIGUIDOS”. Renovar
si se renueva y asumir, o poder asumir las nuevas condiciones de mercado
al margen de las regularizaciones sufridas en estos años, va a suponer un
serio hándicap, que en ocasiones se tornará en infranqueable, y que como
decimos “up supra”  va a suponer el remate final para más de un comercio,
para más de un comerciante, que se encuentra en situaciones “más que
complicadas”.
Nosotros, los consumidores, no compramos como antes, claro que tampoco
podemos, la situación económica no permite consumir, salir de compraos, se
puede haber convertido en un pasatiempo que no compra, que en una labor
consumista, y eso no sostiene a pequeño comercio de las ciudades que en
Pamplona, en las poblaciones de la comarca y en general en todos y cada
uno de los pueblos y ciudades, está para muy poco. Y recordemos que este
“rejón de muerte” al comercio, no es solo se refiere tanto a las
actualizaciones de renta sino a la rescisión del contrato. Para entender
todos, muy probablemente “al cierre”.
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