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Soy uno de los más de 7000 firmantes de la iniciativa legislativa popular (ILP) que pretendía declarar contrafuero la clínica de Ansoáin. No tengo vinculación con la comisión promotora, por lo que voy a opinar con entera libertad.
He visto el vídeo de la sesión de 14 de marzo en la que el Parlamento de Navarra rechazó la ILP. Era previsible la postura contraria del PSOE, Bildu, IU y Nafarroa Bai, siempre prestos a defender la sinrazón del aborto, siempre tan demagogos. Podía haber mantenido Vd., al menos, el tono relativamente moderado del Sr. García Adanero, de UPN, quien incurrió, no obstante, en el error de negar la validez de las iniciativas legislativas populares como medios de cambiar la legislación. Sin embargo, tuvo Vd., que dice militar en las filas pro-vida, una intervención que no dudo en calificar de arrogante y mezquina.
Le concedo, Sr. Martín, que se podía haber redactado y fundamentado mejor la ILP. De haber sido tomada en consideración, hubiera podido Vd. contribuir a que la ILP estuviese dotada de mayor consistencia jurídica y quizá terminase prosperando. Pero en este trámite previo no procedían sus comentarios sardónicos ni sus ataques ad hominem, tanto más cuanto su propia argumentación, Sr. Martín, es, en mi opinión, más que discutible. Soy lego en Derecho, pero, no obstante, trataré de cuestionar sus razonamientos.
Cierto es que la ILP podía haber solicitado directamente que se declarase contrafuero la LOSSRIVE (Ley Orgánica de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo), que es la que posibilitó la instalación en Ansoáin de la funesta clínica abortiva. Obviamente, ninguna ley foral puede derogar la LOSSRIVE, pues el Parlamento de Navarra carece de facultades para ello. Pero la declaración de contrafuero haría factible que esa ley inicua no se aplicase en Navarra. Según el art. 37 de la LORAFNA (Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra), tan sólo un recurso ante el Tribunal Constitucional hubiera podido lograr entonces la derogación de tal ley foral de declaración de contrafuero. Mientras tanto se hubiese salvado la vida a cientos de navarros.
Vd., Sr. Martín, en lugar de ayudar a pensar en el mejor modo de anular en el ámbito foral los efectos de la LOSSRIVE, da por hecho que esta ley es intocable al situarla exclusivamente en el marco del Derecho Público. Sin embargo, como trataré de mostrar, la LOSSRIVE cambia de facto el Derecho civil foral, materia en la que Navarra tiene competencia exclusiva y que sólo puede ser modificado mediante ley foral (LORAFNA, art. 48). Luego la LOSSRIVE es un contrafuero, ya que, según su propia definión de este término, constituye una intromisión ilegítima en el ámbito competencial del régimen foral por parte de los órganos legislativos del Estado.
Veamos. La Ley 63 del Fuero Nuevo establece que la patria potestad sobre los hijos menores no emancipados corresponde conjuntamente al padre y a la madre. Se indica que la patria potestad no se limita a representarlos legalmente o administrar sus bienes. Implica también velar por los hijos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos, corregirlos razonable y moderadamente y procurar su debida formación. Con estos antecedentes, resulta muy difícil justificar que, como Vd. interpreta, la Ley 63 se refiere sólo a los intereses patrimoniales al mencionar que corresponde también a los padres la defensa de los intereses y expectativas de los hijos concebidos y no nacidos e incluso de los no concebidos. Aquí «intereses» es sinónimo de «bienes» tanto materiales como inmateriales o morales. ¿Y qué mayor bien que la propia vida del nasciturus, su integridad, su bienestar, su salud, su seguridad? Resulta, por otra parte, que la Ley 63 indica que las funciones inherentes a la patria potestad se ejercerán por el padre y la madre según lo convenido y, en defecto de pacto, por ambos conjuntamente.
Todos estos principios y disposiciones son dinamitados por la LOSSRIVE. Quiere la Ley 63 que el padre y la madre tengan el deber conjunto de velar por los intereses del hijo no nacido, y el primer interés, queda dicho, es su vida. La LOSSRIVE, en cambio, autoriza a la madre a dar muerte a su hijo. La LOSSRIVE además prescinde por completo de la figura del padre, al que impide el cumplimiento de sus deberes y priva de sus derechos, ya que basta el consentimiento de la madre para realizar el aborto. Quiere la Ley 63 que las funciones de la patria potestad de los menores no emancipados se ejerza según convenio o conjuntamente. Mas la LOSSRIVE permite que una menor embarazada aborte sin el consentimiento de sus padres (impidiendo a éstos el ejercicio de la patria potestad), da por válido que se informe sólo a uno de ellos (cuando debería informarse a ambos conjuntamente, en ausencia de convenio entre ellos), o que incluso se ignore a ambos sin previamente desposeerlos legalmente de la patria potestad.
La Ley 63 no es la única que otorga derechos al no nacido. Lo hace también la Ley 154, según la cual el nasciturus puede ser donatario. ¿Prevé la LOSSRIVE está eventualidad? No, en absoluto. ¿Y los protocolos del aborto? Tampoco. Si no paran mientes ante el asesinato de un niño indefenso, menos van a detenerse en minucias sobre la situación legal del nasciturus.
En mi opinión, lo anterior prueba, como anticipaba, que la LOSSRIVE es un contrafuero. Y así visto, tiene perfecto sentido que la ILP invoque la Ley 3, en la que la que la costumbre aparece como fuente de derecho, o la Ley 4, según la cual los principios del Derecho natural o histórico informan el total ordenamiento civil navarro. Lamento que Vd. no lo vea de este modo.
Hizo burla, Sr. Martín, de que la ILP apelase a la costumbre como fuente de derecho. Llegó a calificarlo de grotesco. Ahora bien, ¿qué cabe decir de su ejemplo? Dijo literalmente que «invocar la costumbre contra la ley en el Derecho Público es tanto como justificar que, como es costumbre en Navarra que muchos conductores rebasan los límites de velocidad, los navarros no tendríamos que pagar ninguna multa de tráfico». Sr. Martín, su ejemplo es estólido, porque debiera Vd. saber que, según la Ley 3, la costumbre, aunque sea contra ley, prevalece sobre el Derecho escrito siempre que no se oponga a la moral o al orden público. No cualquier costumbre tiene carácter normativo.
No obstante, Sr. Martín, Vd. perdió definitivamente los papeles desde el momento en que comenzó a trufar su intervención de descalificaciones personales. Puedo entender que, al referirse propiamente a los aspectos formales o jurídicos de la ILP, en abierta y apasionada hipérbole, llegara a calificar ésta de «engendro», entre otras lindezas. Lo que no es de recibo es que acuse a los proponentes de la ILP de «aviesa intención de manipular», de pretender una «victoria mediática abyecta», de «aprovecharse de un asunto absolutamente sensible para los ciudadanos», de «engañar y confundir», de «faltar el respeto a la Cámara», etc. ¿Qué era su intervención? ¿Una vendetta personal contra algunos de los proponentes de la ILP, antiguos miembros de su formación? Estos juicios de intenciones, estos insultos, Sr. Martín, que llegan a la difamación, no aportan ni un ápice de veracidad o razón a su argumentación. Por el contrario, lo descalifican a Vd. por completo.
Mire, Sr. Martín, el PP lleva más de un año gobernando España con mayoría absoluta. Si fuese cierto que está en contra de la LOSSRIVE, o, en general, del aborto, ha tenido tiempo más que suficiente para derogar esa ley. No es excusa que esté recurrida ante el Tribunal Constitucional. Con su mayoría en el Congreso de los Diputados, tiene el PP capacidad para legislar y para derogar lo ya legislado sin necesidad de esperar a que ningún tribunal se pronuncie. ¡Qué fácil lo tenían! Hubiera sido el PP el que hubiera enarbolado la bandera de la lucha por el derecho a la vida. Hubiera evitado así que los que Vd. considera «oportunistas», con mejor o peor acierto, tratasen de usar las escasas herramientas que la legislación vigente les otorga. Pero, claro, es más cómodo esconderse tras un tribunal para justificar una y otra vez la dejación de principios, el mantenimiento de la «ingeniería social» socialista, las traiciones a su electorado. Parafraseándole, Sr. Martín, les animo a Vd. y a su partido a que hagan política de altura si es que pueden o saben hacerla, política de verdad, sin mentiras ni trampas. Y defiendan la vida de una vez, ya, sin más dilación.
Entre tanto, dejen de proclamar que el PP está con la vida. Obras son amores…
Atentamente