Pero en esta ocasión voy a ir un poco más lejos. Lo que yo creo es que lo que actualmente no se cumple en absoluto es que el fin de la pena sea la reinserción. En virtud de este principio, ningún preso podría salir a la calle sin estar reinsertado. Juzguen ustedes mismos, tratando de que no les de la risa, si es en eso en lo que estamos.
Otro argumento, y ya excedo lo explicado por don Juan José Lozano, es que existen cierto tipo de criminales que están chiflados, y que lo que les toca entonces no es la cárcel sino un hospital psiquiátrico. Si se fijan ustedes, sin embargo, éste es un debate meramente taxonómico. En vez de una cárcel para cuerdos, una cárcel para locos; en vez de hasta su reinserción, hasta su curación. Por lo demás, son exactamente aplicables los mismos razonamientos.
No quiero acabar mi artículo sin referirme, sin embargo, a lo que yo considero el quid esencial del asunto. Para mí, el fin esencial de la pena no debe ser la reinserción, sino la protección de los ciudadanos. La razón esencial de que una persona esté en la cárcel es que en la calle es un peligro. Lo que no tiene sentido es afirmar que el fin de la pena es la reinserción y luego dejar libres a los presos sin estar reinsertados. Si tal fuera el caso, todas las condenas debieran tener carácter indefinido hasta que el preso estuviera en condiciones de ser reinsertado sin ser un peligro. Lo cual, paradójicamente, en realidad me parece lo mismo que la cadena perpetua revisable que supuestamente se está refutando.