No es que sea un derecho foral, pero sí que la justicia navarra ha sido la primera en reconocerlo. Primero el Juzgado de lo Social número 2 de Pamplona, y luego el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, han avalado el derecho de un trabajador a salir del recinto de la empresa durante el descanso del bocadillo a fumar un pitillo. La justicia establece así que el derecho del trabajador fumador prevalece sobre la normativa interna de la empresa que prohíba salir del establecimiento de trabajo sin autorización expresa.
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra así lo ha reconocido en el caso de un trabajador navarro en cuyo puesto de trabajo había quedado prohibido fumar desde la entrada en vigor de la actual ley antitabaco.
La sentencia dictamina que no se justifica la restricción de la libertad del trabajador, al no tener la empresa un espacio habilitado para fumadores. En conclusión, considera razonable que éste salga fuera del recinto a fumar en su tiempo de descanso. La resolución concluye finalmente esta circunstancia se produce “en numerosos centros de trabajo, contando siempre la empresa con las medidas de control para corregir posibles abusos”.