La juez condena a Polo por un delito contra la seguridad vial

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La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Pamplona ha condenado al exconcejal dimitido de UPN Ignacio Polo a 2.100 euros de multa y un año y seis meses sin carné de conducir, como autor de un delito contra la seguridad vial. Esta sentencia puede ser recurrida ante la Audiencia de Navarra.

En las pruebas con el etilómetro, Polo dio positivo con una tasa de 0,65 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. Ya en dependencias policiales y con el etilómetro de precisión las tasas de la doble prueba fueron 0,75 y 0,64.

Nadie discute que Polo había bebido de más y que cometió una infracción, pero la Ley determina que hasta 0,6 se trataría de una falta mientras que por encima es delito. No obstante, el margen de error de los etilómetros el del 7,5%, lo que hace que no se tramite como delito una infracción si la tasa no supera el 0,6 tras multiplicar la resultante de la prueba por 0,925. Cuando hay dos lecturas, puesto que la prueba se repite, se suele adoptar la más favorable para el acusado. La segunda lectura de Polo no alcanzaba 0,6 tras aplicar el margen de error, lo que determinó la tramitación inicial como falta y no como delito.

Otro elemento del caso, pero ya en el terreno de la subjetividad, es la apreciación del estado del conductor por parte de los agentes. Mucho más aquí cuando unos agentes afirman y otros niegan que la afectación etílica de Polo fuera ostensible. Los vídeos que muestran a Polo caminando por la calle antes de coger el coche aparentemente refutan que Polo no pudiera sostenerse en pie o siquiera tuviera problemas para caminar con normalidad.

Es por ello que la juez ha fundamentado la calificación de delito sobre todo en la colisión con el vehículo aparcado detrás de Polo. A su criterio, este hecho “es muy relevante, por no decir determinante, para concluir que la afección alcohólica era suficiente para imposibilitar la conducción, y constitutiva de delito por materializar un riesgo efectivo para la seguridad vial”.

Aún así, es posible encontrar sentencias en las que tampoco la colisión del vehículo se ha considerado automáticamente delito, si la tasa no superaba el 0,6 más el margen de error establecido.

Todo ello hace que el caso Polo sea un caso limítrofe, discutible, en el que existen argumentos tanto para considerar que hubo sólo una falta como que hubo delito.

En primera instancia la Justicia ha considerado que sí hubo delito.

Por lo demás, el debate pertenece a la esfera jurídica puesto que Polo ya dimitió en su momento y el caso, por consiguiente, no tiene mayor recorrido político.

Lo sucedido con Polo evidentemente ha experimentado una sobrealimentación mediática y política por cuestiones aledañas al propio caso. La sentencia, lógicamente, no se refiere a nada de todo esto y el único afectado es el propio Polo.

Polo se suma así a una lista demasiado larga de políticos navarros que han tenido problemas con el alcohol mientras conducían un vehículo. Es el caso de Jorge Mori, el de Txema Mauleón e incluso el del portavoz y flamante candidato de IU, Miguel Nuin, que no sólo es reincidente en el delito sino que la segunda vez, en 2001, tuvo un accidente en el que se produjeron dos heridos. El tratamiento político-mediático-sindical, sin embargo, resultó entonces mucho más discreto pese a que ni siquiera hubo dimisión de por medio.

Comentarios (5)
  1. La diferencia entre Polo y Nuin, ese Nuin, el que no vio nada en las reuniones de la CAN salvo las dietas, que tampoco vió venir a los de Potemos pero que pillará cargo seguro, es la doble vara de medir sociata y progre. Tan doble, que reincide en el delito, y aquí no pasa nada, porque los progres tienen salvoconducto para todo tipo de delitos, que son pena de muerte si eres de centro derecha. Si Nuin hubiera tenido otro accidente etílico, el juez le hubiera absuelto, es más, le hubiera invitado a unos pacharanes para celebrarlo, o como dice Moscoso, unos #pecharanes , ese Moscoso, de los Moscoso de FRANCO…y POLO.
    ¿No es justica poética cómo se entrelaza todo?

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  2. navarrisimo says:

    Los izquierdosos son los que tienen la cara mas dura que el mármol.Una lección de Polo,Sres Mauleon,Mori..Quedan ustedes retratados…a seguir cobrando..pero así van sus partidos,de cu lo y cuesta abajo..http://www.forocoches.com/foro/showthread.php?t=3776320. http://www.diariodenavarra.es/noticias/navarra/pamplona_comarca/pamplona/mori_pide_perdon_por_positivo_dado_control_alcoholemia_asegura_que_quot_volvera_suceder_quot_60437_1702.html# Piden perdón…pero a seguir chupando de la te ta foral..

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  3. Perdigon says:

    Estoy casi seguro que si en vez del ciudadano Polo el conductor hubiese sido el ciudadano Perdigón, el asunto se habría despachado con una simple infracción administrativa puesto que Perdigón no habría sido objeto de tan especial y sectario seguimiento previo y posterior persecución con acusación particular incluida, mas que nada por ser un ciudadano “corriente”. Tenemos un gravísimo problema con nuestra policía municipal y es hora de que nos lo hagamos mirar. La única manera de contrapesar a un agente de la autoridad sectario es una autoridad superior armada de un régimen disciplinario férreo. Si un policía miente (y aquí alguien miente) hay que apartarlo de la policía porque su palabra ante el Juez vale más que la de un notario.

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  4. jabier says:

    Aunque los amigos del ventilador se empeñen, no es lo mismo que el concejal de seguridad ciudadana conduzca ebrio NUESTRO COCHE, que incluso la gasolina le pagamos, a que cualquier otro político sin responsabilidad conduzca ebrio SU COCHE.

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  5. Javier3 says:

    Algunos/as todavía no han comprendido que el Sr Polo era el responsable de Seguridad Ciudadana y de temas relacionados con el tráfico y las buenas conductas al volante. Por tanto, es una persona que tenía que dar ejemplo debido a su cargo. Nuin, Mori, Mauleón, etc… no eran responsables de Seguridad Ciudadana.
    Por otra parte, la sentencia deja en evidencia a los responsables de la Policía Municipal, que trataron de cerrar el caso con una simple multa.

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